sábado, 28 de diciembre de 2013

Ley Orgánica de Protección de la Vida del Concebido y los Derechos de la Mujer (II)

Los defensores del aborto libre mantienen que el Gobierno es hipócrita e incurre en una desfachatez ilimitada, puesto que suprime el supuesto de malformaciones y simultáneamente suspende la Ley de Dependencia. Es cierto que el Gobierno debe poner a disposición de las madres con hijos discapacitados y con problemas graves todas las ayudas y facilidades necesarias, pero tampoco es menos cierto que dicha ley nunca llegó a entrar en vigor de manera efectiva, viéndose paralizada desde los años de Zapatero. En el sector provida pueden haber hipócritas, pero no creo que superen la desfachatez de ciertos sectores progresistas, que defienden sin escrúpulos el aborto libre mientras condenan la tauromaquia reivindicando respeto por los animales. Esto sí que es una vergüenza, como también que se abanderen como protectores de los débiles, mientras sindicatos y partidos políticos están enfangados en escándalos de corrupción. En definitiva, no está la izquierda en disposición de denunciar desfachateces.

Uno de los argumentos más utilizados por los abortistas reside en la inexistencia de persona humana en el vientre de la mujer, defendiendo que no se está arrebatando una vida; y en caso de haberla, esta cedería incondicionalmente. Dicha táctica neutraliza cualquier posible reflexión en cuanto a lo que en el vientre de la embarazada se está desarrollando. En palabras de Bibiana Aido: “un feto de 13 semanas es un ser vivo, pero no es un ser humano”. ¿Qué es entonces? Todo depende de cómo entendamos la existencia de una persona humana: los abortistas cabales consideran que para estar ante una persona humana debe concurrir vida humana y otros elementos, siendo estos un determinado número de semanas o un cierto porcentaje de desarrollo. ¿Quién decide cuántas semanas? ¿Qué diferencia sustancial existe entre un concebido de 14 semanas y otro de 13, que hace que este último no merezca tener ninguna clase de protección? ¿Por qué tiene menos derecho a vivir el embrión menos desarrollado?¿Quién establece el porcentaje de desarrollo? ¿Quién tiene legitimidad para decidir quién vive y quién muere?

Apoyar el planteamiento anterior llevaría a establecer dos clases de vidas: aquellas que merecen ser vividas y otras que no lo merecen. Por lo tanto, se distorsiona la concepción original de dignidad defendida por el pensamiento cristiano y kantiano que sustentan uno de los principios liberales. Pensar que por ciertas malformaciones una vida no sea digna de vivir, contradice e invierte la concepción original de dignidad. El otro planteamiento consiste en entender que estamos ante una persona humana por el simple hecho de concurrir vida humana, sin necesidad de más elementos. Por lo tanto, teniendo en cuenta la dignidad inherente de la persona humana que impide violentar o arrebatarle la vida, el concebido merecería el mismo respeto y protección que una persona humana completamente desarrollada. Esto, como mínimo, invita a reflexionar y evitar tratar con tanta ligereza al concebido.

En cuanto a la situación jurídica del nasciturus en España, el TC tuvo ocasión de pronunciarse cuando la primera ley socialista de los supuestos fue recurrida ante la jurisdicción constitucional. En su pronunciamiento, el Tribunal indica que la vida humana es un devenir que comienza con la gestación y acaba con la muerte; además, insiste en señalar que desde el momento de la gestación existe un tercero diferente de la madre. Este tertium merece una protección que se desprende del artículo 15 CE, el cual no protege la vida en abstracto sino de manera efectiva. No obstante, el TC ha hecho compatible este planteamiento con el aborto, puesto que al nasciturus se le niega la titularidad del derecho a la vida, aunque está protegido constitucionalmente en forma de bien jurídico. Las consecuencias de ser entendido como bien jurídico y no como titular tiene consecuencias relevantes, siendo la más importante la negación de subjetividad propia para el concebido.

Lo expuesto anteriormente contrasta con la facilidad con que el TC ha reconocido subjetividad propia y titularidad de derechos a las personas jurídicas. También resulta curioso que el nasciturus no sea titular del derecho a la vida mientras en el plano civil se le tiene por nacido para todos los efectos que le son favorables, siendo capaz de recibir donaciones, heredar e incluso ser parte en un proceso jurisdiccional. En cualquier caso, la legislación abortiva debe asegurar el equilibrio entre los derechos de la mujer y el concebido, siendo inconstitucional aquella ley que desprotegiese de manera clara al nasciturus. En este sentido, convendría que el máximo intérprete constitucional se pronuncie sobre la ley de plazos socialista y, en su momento, sobre la ley conservadora.

Aunque falta conocer el proyecto de ley en su última forma, considero que debe debatirse en profundidad el supuesto de malformaciones, barajando la posibilidad de incluirlo tal y como hiciera la ley de 1985. No obstante, en caso de desecharse definitivamente esta posibilidad, el Gobierno debe asumir el compromiso de apoyar financieramente aquellas familias que deban hacerse cargo de un niño con importantes problemas y fuerte dependencia. Sería injusto que las familias cargaran exclusivamente con el coste económico de tal situación, puesto que de lo contrario se estaría abandonando esos niños a su suerte, debiendo intervenir los poderes públicos de manera efectiva y sin vacilaciones.

Finalmente, estamos ante un tema complejo de interminable casuística, lo cual dificulta hacer valoraciones con carácter general. En este sentido, debe abordarse el debate tomando partido por una determinada visión, pero de manera sosegada y sin radicalismos. Quienes convierten el debate en simples proclamas irreflexivas, insultos y descalificaciones personales carecen de credibilidad intelectual. Quienes debaten sobre el aborto criticando desde el odio, la intransigencia y convirtiendo el debate en un asunto de “guerra de género” no llegan al nivel mínimo exigible: debemos reflexionar sobre cuestiones profundas, sin esgrimir proclamas absurdas, planteándonos que tal vez estemos equivocados.

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